Hoy he conseguido mi tercer (y último de momento) certificado digital. Aunque la tentación de conseguir un poker es atractiva, lo voy a dejar en 3 porque ya tengo lo que andaba buscando: un certificado en software (FNMT), otro en una tarjeta criptográfica (DNIe) y otro en un dispositivo hardware (token USB), que he recogido en la Cámara de Comercio. Sí, recogido, porque en los tres casos he tenido que ir en persona a por mis certificados, lo que no deja en muy buen lugar a la «Administración Electrónica». Cierto es que la página Web de Camerfirma permite solicitar el certificado on-line utilizando el DNIe, pero después de mi experiencia con esta misma opción de la página Web de la FNMT decidí no volver a intentarlo. De todas formas, tenía que pasarme a recoger mi «token», por lo que el paseo a la Cámara de Comercio no me lo iba a ahorrar.
Lo primero que llama la atención en la página de Camerfirma es la gran cantidad de opciones que encontramos: ¡nada menos que 9 tipos de cerfificados! Para un usuario «experto» o una gran empresa que quiere elegir el más adecuado para cada empleado, representante, directivo… sin duda es estupendo poder elegir el más apropiado para cada caso, pero para el «usuario de a pie» tanta oferta marea un poco. Recordemos que el certificado del DNIe ni sabes que lo llevas (aquí no hay posibilidad de equivocarse) y el de la FNMT es siempre el mismo (aunque puedes pedirlo en software o en tarjeta). En el caso de Camerfirma hay multitud de opciones de certificados y de soportes.
Por tener la mayor variedad posible, decidí pedir uno en hardware, concretamente el lector/grabador USB. En realidad es un certificado en tarjeta (que no deja de ser hardware) al que se suma un pequeño lector USB en el que se introduce el chip de la tarjeta, la misma tarjeta SIM que todos conocemos de los teléfonos móviles. El precio del certificado, 80€, se incrementa con el de la tarjeta, 15€, y el mini lector, 20€. A cambio tengo mi certificado en un dispositivo que puedo «pinchar» en cualquier ordenador, esto es, no necesito llevarme mi incómodo lector de tarjetas que sí necesito para utilizar el DNIe. Sin duda una gran ventaja, a cambio de llevar otro cacharro en el bolsillo, porque en la cartera, con mi DNIe, no me cabe.
Volviendo a la elección del certificado surge la «maldición» de este mundo consumista en que vivimos: ¿qué opción elegir? ¡Hay tantas! Mi idea inicial era una de representante de empresa (a fin de cuentas, lo quiero utilizar como tal), pero hay nada menos que 3 certificados que parecen servir para esta función: «de pertenencia a empresa», «de representante» y «de persona jurídica». ¿Porqué tantos?
Decidí consultarlo con la persona de la Cámara que se encarga de estos temas y me aseguró que lo «mejor» es el de persona jurídica. Yo prefería el de representante, a fin de cuentas es lo que soy, pero insistió en el de persona jurídica, y me dejé llevar. Él es el experto y yo quiero «reproducir» los pasos de un usuario «normal».
Pero la verdad es que nunca he entendido este certificado «de la empresa». Que yo sepa «la empresa» no firma nada, ni digitalmente ni en papel. Nunca entra un edificio por la puerta de una notaría a vender un piso. Siempre hay un apoderado, representante, dueño, interventor… firman personas, en nombre propio o en nombre de empresas, instituciones, Administraciones… A mí el certificado que «me pide el cuerpo» es el de apoderado o representante que, además, tiene su reflejo en la escritura de constitución de sociedad o apoderamiento que, precisamente, me piden que lleve para darme el certificado de persona jurídica.
Además recuerdo que cuando «inventaron» este tipo de certificado, alguién comentó en una conferencia, muy orgulloso, que España era el primer país del mundo que admitía los certificados «de persona jurídica», lo que me convenció de que eran una tontería. Cuando somos los primeros en hacer algo, sobre todo a nivel institucional, suele ser porque nadie (alemanes, japoneses, americanos…) ha sido tan tonto como para hacerlo antes. Salvo en la Administración de Hacienda (y en la recaudación de multas de tráfico) no vamos, precisamente, a la cabeza del mundo en Administración Electrónica.
Ahora que queda claro que no me gustan estos certificados, continuo con el proceso que me ha llevado a tener uno.
La página Web de Camerfirma es bastante cómodo y te informa muy bien. Pago con mi tarjeta de crédito (de esta página sí que me fio), reviso la documentación a llevar y me doy mi habitual paseo para terminar el proceso en la Cámara, lo que no me llevó más de 15 minutos.
Me llama la atención que hay que llevar una copia de la escritura de la sociedad a pesar de que la Cámara tiene conexión directa con el Registro Mercantil Central. ¡Vaya ejemplo de Administración Electrónica! Los técnicos de la Cámara están totalmente de acuerdo conmigo, pero me piden el DNI (en su faceta «papel») y le hacen una fotocopia ¡que obsoleto!, revisan la escritura ¡y le hacen una fotocopia! ¡Hay que venderles ya una gestión documental a las Cámaras de Comercio! (estoy en ello, pero de momento sin éxito). Es alucinante que los proveedores de certificados digitales estén todavía haciendo fotocopias. Es absurdo. Hay que dar ejemplo. Los técnicos asienten, mientras me dan ¡3 copias! en papel para que firme las condiciones de uso.
Finalmente tengo mi tercer certificado, que funciona muy bien (después de instalar el controlador adecuado, al igual que con el lector del DNIe), y aparece en el «almacén» de mis certificados de Windows cuando tengo «pinchado» el token en un puerto USB. Me ha costado 115€, pero las validaciones son gratuitas, a diferencia de las de la FNMT, pero eso lo veremos más adelante.
Un último consejo: no se te ocurra pedir el certificado para factura electrónica. ¡400€! y es innecesario. Está claro que Camerfirma se ha planteado este asunto como un negocio, y no me parece mal si da un buen servicio. Pero con el certificado «para factura electrónica» se les ha ido un tanto la cabeza.
Cuando yo empecé con esto de la certificación digital ( solo para uso personal, nada empresas o demás ) lo primero que pensé y me parece mejor era lo de obtener una llave usb que poder enchufar a cualquier ordenador solo cargando con la llave, pero me echó atrás lo caros que son estos sistemas. Ciertamente con el certificado que emite la FNMT, para mi, es mas que suficiente. De todas formas no descarto adquirir en el futuro alguno de estos, de Camerfirma o de Verign. Ya contaras como funciona el token.
De momento una pega importante: hay que instalar un controlador específico. No es como un pen-drive, que reconoce el ordenador automáticamente.
También tiene el peligro de que lo pierdas, pero ese es un efecto colateral de la movilidad, que es su gran cualidad.
Contaré mi experiencia en las próximas semanas y cual de los tres acabo usando más.
Fernando, esta proximo a salir un aplicativo nuevo de Camerfirma, en el cual todo va integrado en un pen, y ademas lleva aplicativos de firma de documentos, etc.
Pronto lo presentaran. Un saludo
Es una buena noticia. Resuelve la mayor pega de este tipo de certificados.
Espero que nos avises cuando esté disponible. Un saludo.
Varios comentarios:
– Hay que personarse físicamente para verificar que eres quien dices ser. Menudo certificado si no se verifica la identidad. Suerte tienes que en la Cámara realizan todo en un sólo paso y no te toca volver a la semana siguiente.
– El certificado de representante no es más que un certificado de persona física, con lo que nunca podrás hacer trámites on-line con Hacienda a nombre de la empresa ¡Somos españoles, los únicos que tenemos una Agencia Tributaria que se inventa la figura de persona jurídica!
– Hay Cámaras que tienen un gestor documental, pero las auditorias que pasan requieren el papel, por lo menos cuando renueva puedes firmar con tu certificado.
– Si lo quieres transportable, grábatelo en una memoria USB (las regalan por publicidad) y lo instalas y desintalas en el navegador. En cada ordenador que utilices tu certificado por USB tendrás que instalar y si no tienes permisos, lo siento pero te quedas sin poder utilizarlo.
– Y lo más sorprendente, el certificado exclusivo de facturación electrónica no es más que un certificado de persona física (40 €) donde no aparece el NIF, pero vale 400 €.
– Te quedan más autoridades de certificación, mira en alguna comunidad autónoma y puede que te lleves una agradable sorpresa.
Gracias por tu comentario.
La firma digital es un tema complejo y cambiante. No me considero un experto, solo un usuario más o menos interesado.
Creo que la tecnología está ya muy madura y es sencilla de utilizar.
Pero queda bastante camino por recorrer en adopción generalizada.
Los jueces tienen mucho que decir en este sentido, y ejemplo que dar.
Un saludo.
Hay varias cosas que no son así…..
1.- No todas las Cámaras de Comercio tienen conexión al RMC y las que lo tienen lo pagan.
2.- Las copias en papel son obligatorias por las auditorias que se sufren por culpa de la ley y es obligatorio por ley guardarlo 15 años.
3.- El certificado de persona juridica es un certificado que se invento FNMT ya que solo existen aquí y como bien se comenta son estúpidos ya que una empresa no puede firmar como tal sino que firmara un representante.
4.- El certificado de representante no funciona en internet es solo para firmar documentación.
5.- El certificado de factura electrónica es indispensable en una mediana/gran empresa ya que cuando firmas lo haces con un certificado a nombre de empresa generado a una persona en concreto y es reconocido UNICAMENTE en facturas. De esta manera se evita firmar con el de empresa y que aparate de firmar cualquier documento se pueda hacer cualquier trámite en internet.
6.- Respecto a los drivers de ese dispositivo es evidente que los hay que instalar como los de cualquier lector, no es necesario en el nuevo dispositivo BW que ademas trae varias aplicaciones muy interesantes.
Saludos,
Solo un par de comentarios:
A ver cuando cambian las Leyes y dejan de obligar a conservar los documentos en papel. Es absurdo.
Respecto al certificado para firmar facturas, no es indispensable. Más bien me parece un «lujo». Para grandes empresas puede merecer la pena esa especialización pero para PYMES, que somos casi todos, es mucho más lógico utilizar el mismo certificado que uso para otros fines. Igual que tengo un poder notarial para varios actos y no uno para cada tipo de tarea a realizar en la empresa.
En cualquier caso, gracias por el comentario, que enriquece este blog. Un saludo.